Novedades en el Registro Central de Titulares Reales

El Real Decreto 609/2023, que fue promulgado el 11 de julio y marca un hito en la regulación española. Este decreto establece la creación del Registro Central de Titularidades Reales y aprueba su detallado reglamento, entrando en vigor el 19 de septiembre.

Vamos a explorar los aspectos más importantes de esta nueva regulación que está causando revuelo en el ámbito legal y financiero de España.

 Novedades en el Registro Central de Titulares Reales en el Real Decreto 609/2023

  1. Definición de Titular Real: La normativa española define a los titulares reales como personas físicas que, en última instancia, poseen o controlan más del 25% del capital o de los derechos de voto de una entidad jurídica, o que ejercen el control directo o indirecto de la misma de otras maneras. Si no hay personas que cumplan con estos requisitos, la condición de titular real se atribuye al órgano de administración.
  2. Centralización de Información: El Real Decreto establece que este nuevo registro central, dependiente del Ministerio de Justicia, reunirá toda la información sobre titulares reales que anteriormente estaba dispersa en otras bases de datos, como el Registro Mercantil, el Consejo General del Notariado y el Registro de Fundaciones, entre otros. También recopilará información directamente de los interesados.
  3. Colaboración Obligatoria: La nueva regulación hace hincapié en la obligación de colaborar con el registro. No proporcionar la información sobre titularidad real junto con las cuentas anuales resultará en el cierre del registro de oficio.
  4. Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo: Esta regulación refuerza los mecanismos estatales de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, cumpliendo con las directivas europeas en este ámbito.
  5. Acceso a la Información: Los datos en el Registro Central de Titulares Reales podrán ser consultados por las autoridades y por aquellos sujetos obligados a cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales, como entidades financieras y empresas aseguradoras. Además, otros terceros podrán acceder a la información si pueden demostrar un interés legítimo en su conocimiento, incluyendo medios de comunicación y organizaciones relacionadas con la prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
  6. Limitaciones al Acceso: La norma española establece limitaciones al acceso a los datos de titularidad real en casos de menores de edad, personas bajo medidas de protección especial y cuando la publicidad del registro podría poner en riesgo a los afectados, por ejemplo, exponiéndolos a secuestro, extorsión o violencia.
  7. Interconexión Europea: El Ministerio de Justicia será responsable de conectar el Registro Central de Titulares Reales con la plataforma central europea, que a su vez obtendrá información de los distintos Estados miembros. Esto permitirá consultas a nivel comunitario en el futuro, aunque los detalles de estas consultas aún no están claros.

En resumen, la regulación establecida por el Real Decreto 609/2023 marca un avance significativo en la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en España al centralizar la información sobre titulares reales. Esta medida aumenta la transparencia y facilita el acceso a datos clave para las autoridades y otros actores involucrados en la prevención de actividades ilegales. También se establecen salvaguardias para proteger la privacidad y la seguridad de ciertas personas, como menores o aquellos en situaciones de riesgo. La interconexión europea promete fortalecer aún más la eficacia de estas medidas en la lucha a nivel comunitario.compaas pbcft software con canal de denuncias integrado

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