Canal de denuncias: servicio integral conforme a la Ley 2/2023

Canal de denuncias: servicio integral conforme a la Ley 2/2023

El canal de denuncias es el sistema interno de información que la Ley 2/2023 obliga a tener a empresas de 50 o más empleados, al sector público y a otras entidades, para que cualquier persona pueda comunicar irregularidades de forma segura y confidencial. Laworatory implanta y gestiona ese canal de extremo a extremo: la herramienta, los procedimientos, el responsable del sistema y el cumplimiento de los plazos legales.

Si tu empresa todavía no tiene canal de denuncias, o tiene uno que no cumple del todo, esta página explica qué exige la ley, cómo funciona nuestro servicio y qué resuelve frente a montarlo por tu cuenta.

Lo esencial

  • La Ley 2/2023 obliga a tener canal de denuncias a empresas de ≥50 empleados, sector público y entidades en el ámbito de prevención de blanqueo.
  • El canal debe permitir comunicaciones anónimas y garantizar la confidencialidad y la no represalia.
  • Hay que designar un responsable del sistema y dar de alta el canal ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI).
  • El incumplimiento expone a sanciones específicas, además del daño reputacional.
  • Laworatory ofrece el servicio completo: herramienta, procedimientos, responsable y gestión de expedientes.

¿Qué es y a quién obliga la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023 regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Transpone la Directiva europea 2019/1937 (conocida como Directiva Whistleblowing) y exige a las organizaciones disponer de un Sistema Interno de Información, que es lo que comúnmente llamamos canal de denuncias.

Están obligadas, entre otras: las empresas con 50 o más trabajadores, las entidades del sector público, los partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban fondos públicos, y las entidades que operen en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales con independencia de su plantilla. Las empresas de 50 a 249 empleados dispusieron de plazo hasta el 1 de diciembre de 2023; las de mayor tamaño y el sector público, hasta junio de 2023. Hoy, por tanto, el plazo está vencido para todas las obligadas.

¿Qué requisitos debe cumplir un canal de denuncias?

No vale cualquier buzón de correo. Para ser conforme, el canal debe cumplir varios requisitos concretos:

  • Permitir comunicaciones anónimas, además de las identificadas.
  • Garantizar la confidencialidad de la identidad del informante y de las personas afectadas.
  • Proteger frente a represalias a quien informa de buena fe.
  • Acusar recibo en 7 días y dar respuesta en un plazo máximo de 3 meses.
  • Designar un responsable del sistema que gestione las comunicaciones con imparcialidad.
  • Llevar un registro de las informaciones recibidas conforme a la normativa de protección de datos.

Si quieres entender el marco completo y el papel del informante, te lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre el canal de denuncias y la Ley 2/2023.

¿Cómo funciona el servicio de canal de denuncias de Laworatory?

Nos encargamos de todo el ciclo, no solo de darte un formulario. El servicio se estructura en cuatro fases:

  1. Implantación de la herramienta: canal accesible para empleados y terceros, con opción de comunicación anónima y trazabilidad segura.
  2. Procedimientos y política interna: redactamos la política del sistema, los flujos de gestión y la información que la ley obliga a publicar.
  3. Responsable del sistema: te ayudamos a designarlo y a darlo de alta correctamente, un paso que muchas empresas olvidan.
  4. Gestión y seguimiento: control de plazos legales, gestión del expediente y custodia de evidencias conforme al RGPD.

El alta del responsable ante la autoridad es uno de los puntos donde más empresas fallan; te explicamos el procedimiento paso a paso en nuestra guía para dar de alta al responsable del Sistema Interno de Información ante la AAI.

¿Qué diferencia hay entre montar el canal por tu cuenta y un servicio integral?

Aspecto Servicio integral Laworatory Solución improvisada (correo/buzón)
Anonimato real Garantizado por la herramienta Difícil de asegurar
Procedimientos legales Redactados y conformes Habitualmente ausentes
Responsable y alta ante la AAI Acompañamiento incluido Suele olvidarse
Control de plazos (7 días / 3 meses) Con alertas y seguimiento Manual y propenso a fallos
Protección de datos del expediente Conforme al RGPD Riesgo de incumplimiento

La diferencia no es solo de comodidad: un canal mal montado puede ser tan problemático como no tenerlo, porque genera una falsa sensación de cumplimiento mientras incumple requisitos básicos de la ley.

¿Qué riesgos hay si no tienes canal de denuncias?

El primero es regulatorio: las empresas obligadas que no disponen de un sistema conforme se exponen a las sanciones previstas en la propia Ley 2/2023, que para las infracciones más graves pueden ser elevadas. El segundo es de gestión: sin canal interno, una irregularidad puede acabar comunicada directamente al canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante o a la vía pública, con mucho menos margen para resolverla internamente. Y el tercero es reputacional, que suele ser el más caro a largo plazo.

¿Qué relación tiene el canal interno con el canal externo de la AAI?

Una duda frecuente es por qué montar un canal interno si ya existe el canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI). La respuesta está en el propio diseño de la Ley 2/2023: el legislador prefiere que las irregularidades se resuelvan dentro de la organización siempre que sea posible, y solo si el canal interno no existe, no funciona o el informante teme represalias, la comunicación escala al canal externo o a la vía pública.

Para la empresa, esto tiene una consecuencia práctica muy clara: un canal interno bien gestionado es tu primera y mejor oportunidad de detectar y corregir un problema antes de que se convierta en un expediente ante la autoridad o en una crisis reputacional. Si un empleado detecta una irregularidad y tu canal interno es ágil, confidencial y genera confianza, lo normal es que la comunique ahí primero. Si tu canal no existe o no inspira confianza, esa misma persona acudirá directamente al canal externo de la AAI o, en el peor de los casos, a los medios. Dicho de otro modo: el canal interno no es solo una obligación legal, es un mecanismo de gestión del riesgo que te da margen de maniobra. Por eso conviene que funcione de verdad, no que exista solo sobre el papel.

Errores habituales al implantar un canal de denuncias

Muchas empresas creen que cumplen porque «tienen un buzón de sugerencias» o un correo de recursos humanos. La realidad es que un canal no conforme puede ser tan arriesgado como no tenerlo. Estos son los errores que más vemos:

  • Usar un correo electrónico como canal. Un email no garantiza el anonimato ni la confidencialidad técnica que exige la ley, y deja la identidad del informante expuesta.
  • No permitir denuncias anónimas. La Ley 2/2023 obliga a admitirlas. Un canal que exige identificarse para denunciar no cumple.
  • No designar ni dar de alta al responsable del sistema. Es uno de los pasos más olvidados y, sin él, el sistema queda incompleto a ojos de la normativa.
  • Ignorar los plazos. No acusar recibo en 7 días o no resolver en 3 meses incumple la ley aunque el canal exista.
  • No proteger los datos del expediente. La información del canal contiene datos especialmente sensibles; gestionarla sin las garantías del RGPD añade un riesgo de protección de datos al de la propia denuncia.

El hilo común de todos estos errores es tratar el canal como un trámite y no como un sistema. Por ejemplo, una empresa que recibe una comunicación grave a través de un correo genérico, sin procedimiento ni plazos definidos, puede acabar gestionándola tarde y mal, y exponer al informante a represalias que la ley precisamente busca evitar. Implantarlo bien desde el principio (con herramienta, procedimientos, responsable y control de plazos) es lo que convierte el canal en una protección real para la empresa y para quien informa, y no en una casilla marcada sin fondo.

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa está obligada a tener canal de denuncias?

Si tienes 50 o más empleados, perteneces al sector público o operas en el ámbito de prevención de blanqueo de capitales, sí. También otras entidades concretas que recogen la Ley 2/2023. Si tienes dudas sobre tu caso, podemos analizarlo contigo.

¿El canal tiene que permitir denuncias anónimas?

Sí. La Ley 2/2023 obliga a que el sistema admita comunicaciones anónimas, además de las identificadas, y a garantizar la confidencialidad en todo el proceso.

¿Quién puede ser el responsable del Sistema Interno de Información?

Debe ser una persona o función designada por el órgano de administración que gestione el sistema con imparcialidad. Te ayudamos a designarlo y a darlo de alta correctamente ante la autoridad.

¿Qué plazos tengo para responder a una denuncia?

Hay que acusar recibo de la comunicación en un máximo de 7 días y dar respuesta en un plazo no superior a 3 meses. Nuestro servicio controla estos plazos con alertas para que no se incumplan.

¿El canal cumple con la protección de datos?

Sí. La gestión del expediente y la custodia de la información se realizan conforme al RGPD y la LOPDGDD, que es un requisito ineludible del propio sistema.

Implanta tu canal de denuncias con garantías

Tener un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 ya no es opcional para las empresas obligadas, y montarlo a medias puede salir caro. Con el servicio integral de Laworatory cubres la herramienta, los procedimientos, el responsable y los plazos, con el respaldo de un equipo experto en compliance. Cuéntanos el tamaño y la actividad de tu empresa y te decimos exactamente qué necesitas para cumplir.


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