Este martes 09/05/23, el Boletín Oficial del Estado ha publicado una modificación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) en España.
Después de varios años desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha considerado necesario introducir cambios en algunos procedimientos y en su estatuto:
- La modificación prevé la creación de un procedimiento de apercibimiento, la posibilidad de realizar investigaciones mediante sistemas digitales y el establecimiento de modelos de presentación de reclamaciones ante la AEPD.
Estas modificaciones tienen como objetivo mejorar y agilizar el funcionamiento de la AEPD y su capacidad de respuesta a las reclamaciones de los ciudadanos en el contexto de la protección de datos personales.
- Uno de los cambios más significativos se refiere al apercibimiento, que ahora se configura como una medida adecuada, de naturaleza no sancionadora, incluida dentro de los poderes correctivos de las autoridades de control. Esto permitirá a la AEPD agilizar la respuesta a las reclamaciones presentadas por los ciudadanos y resolver los casos de manera más eficiente.
- Otro cambio importante se refiere a las investigaciones, que ahora podrán realizarse tanto de manera presencial como remota mediante sistemas digitales. Esto permitirá a la AEPD ampliar su capacidad de actuación y mejorar la eficiencia en el proceso de investigación.
- Además, se establece la obligatoriedad de los modelos de presentación de reclamaciones ante la AEPD en todos los ámbitos en los que tenga competencia. Estos modelos serán publicados en el BOE y en la Sede electrónica de la AEPD, y facilitarán y simplificarán la presentación de reclamaciones.
- Por último, se prevé el aumento de la duración máxima del procedimiento sancionador y de las actuaciones previas de investigación para ampliar los plazos de resolución y mejorar la calidad de las decisiones tomadas por la AEPD.
En conclusión, las modificaciones en la LOPDGDD representan una mejora significativa en el funcionamiento de la AEPD y en la protección de los derechos de los ciudadanos en el contexto de la protección de datos personales. Esta modificación refleja el compromiso de España con la protección de la privacidad y la seguridad de los datos personales en el mundo digital.